Skip to main content

El acceso a la información pública es un derecho de todos

  • El pasado 8 de mayo de 2011, entró en vigor la Ley de Acceso a la Información Pública, LAIP, por lo que actualmente la ciudadanía tiene la facultad para exigir a la Administración Pública que cumpla oportunamente con las obligaciones que la misma le impone.
  • La LAIP se había caracterizado por un proceso de discusión abierto a la participación ciudadana y el Ejecutivo se había comprometido a continuar con esta misma línea en la elaboración del reglamento.
  • Según el Decreto Ejecutivo N. 136, de fecha 1 de septiembre de 2011, el Presidente de la República emitió el Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública –RLAIP-, el cual no se consultó con la sociedad civil, habiéndose tenido noticias de la elaboración del mismo a través de los medios de comunicación hasta el 7 de septiembre pasado.

El Grupo Promontor ante lo anterior, manifiesta que:

  • Si bien en general el reglamento contiene normas que facilitarán la aplicación de la ley, en el mismo se evidencia una extralimitación del Presidente de la República en el ejercicio de su potestad reglamentaria, lo cual transgrede el texto constitucional:
  • Se otorga la facultad de “vetar” las propuestas de candidatos que le presenten los sectores facultados para ello, de forma discrecional e ilimitada, Art. 73 RLAIP.
  • Crea nuevos criterios para reservar información en base a conceptos indeterminados como la “seguridad política” y “los intereses económicos o comerciales del país”, Art. 29 RLAIP.
  • La falta de consulta de los reglamentos es una señal preocupante, puesto que todo lo relacionado con la elaboración de la normativa debería ser un ejemplo de transparencia de cara a la ciudadanía.
  • Consideramos que los vicios que tiene el reglamento son graves y que ameritan una reforma inmediata.
  • Solicitamos que en ese proceso de reforma, se permita a la sociedad civil participar activamente de manera que se garantice el espíritu de la LAIP.
  • El proceso de revisión del reglamento no debe constituir una excusa ni un obstáculo para continuar avanzando con el proceso de implementación de la LAIP.


For any press enquiries please contact

Carla Trillos
FUNDE (Fundación Nacional para el Desarrollo)
T: +503 22095300
E: [email protected]

Supplementary downloads