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Sociedad Civil en Guatemala


Sociedad Civil en Guatemala

11.1 El papel de la institución como pilar del SNI

11.1.1 El acceso a la información por parte de la sociedad civil

En el artículo 30 de la Constitución Política de la República establece que todos los actos de la administración son públicos y que los interesados podrán obtener, en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar, salvo que se trate de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional, o de datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia.

En el artículo 237 del cuerpo legal en mención, se estipula que El Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado y su ejecución analítica son documentos públicos, accesibles a cualquier ciudadano que quiera consultarlos y que incurrirá en responsabilidad penal el funcionario público que de cualquier manera impida o dificulte la consulta.

Los artículos 38, 60 y 62 del Código Municipal, establecen respectivamente, que las sesiones del Consejo Municipal son públicas, que estos facilitarán la más amplia información sobre sus actividades y que todos los vecinos tienen derecho a obtener copias y certificaciones que acrediten los acuerdos de los concejos municipales, sus antecedentes, así como consultar los archivos y registros financieros y contables, en los términos del artículo 30 de la Constitución Política de la República.

En el artículo 139 de este cuerpo legal se cita que las oficinas, registros, documentos y expedientes existentes en la municipalidad, son públicos y pueden ser examinados o consultados por cualquier persona y obtener certificaciones en la forma prescrita por el artículo 30 de la Constitución Política de la República.

En el marco de la Octava Reunión del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción, el Comité de Expertos se recomienda a que “la República de Guatemala considere fortalecer los mecanismos para garantizar el acceso a la información pública, de tal manera que toda persona pueda contar con procesos que garanticen la tramitación oportuna de las solicitudes de información en poder o bajo el control de las instituciones públicas, y que faciliten apelar las decisiones que denieguen dichas solicitudes mediante mecanismos de fácil acceso que resuelvan los recursos de manera igualmente oportuna, previendo además sanciones en caso de incumplimiento de la obligación de proveer información”

En uno de los acápites del Informe Independiente de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción en Guatemala, Acción Ciudadana concluye que “no existe una ley específica que regule y facilite el acceso de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales a la información en poder o bajo el control de las instituciones públicas. Existen en su lugar disposiciones constitucionales que garantizan el derecho de petición y la publicidad de los actos administrativos. No obstante sin el desarrollo pertinente de estas disposiciones mediante una ley ordinaria y unitaria, los preceptos existentes para el acceso a la información pública se caracterizan por ser generales, parciales y dispersos”

Las anteriores conclusiones se refuerzan a partir de los resultados obtenidos en el estudio: “El Acceso a la Información Pública en Guatemala, informe de tres experiencias piloto” desarrollado por la organización de la sociedad civil Acción Ciudadana entre octubre 2002 a junio 2004 y bajo la perspectiva de medir el acceso a la información en tres coyunturas políticas diferentes; preelectoral, electoral y postelectoral. Los resultados indican que de cada 10 solicitudes de información, seis son denegadas, ya sea bajo la figura del silencio administrativo, la negativa verbal o la negativa escrita.

11.1.2 La cooperación entre autoridades y sociedad civil:

La cooperación está en función del tema que se trate y los intereses que el gobierno y las organizaciones de la sociedad civil tengan en la coyuntura, sobre los mismos. Normalmente, es difícil contar con espacios reales de participación o que los mismos sean vinculantes en temas relativos a la situación fiscal o presupuestaria. Existe mayor apertura del Estado en los temas vinculados al sector justicia, el combate a la corrupción y los derechos humanos.

Situaciones en las que el gobierno no coopera con la sociedad civil, son las relativas al acceso a la información, particularmente si esta está vinculada a actos de corrupción a los ingresos y egresos del Estado. En muchos casos los esfuerzos y procesos de trabajo conjunto entre la sociedad civil y el gobierno de turno, no esta en función de políticas o directrices de Estado, sino en función de la voluntad política de los funcionarios que desempeñan altos cargos en las diferentes instituciones del sector público.

Ilustrativas son las recomendaciones hechas al país, por el Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción, en el marco de su Octava Reunión, particularmente en lo relativo a los mecanismos para estimular la participación de la sociedad civil y de las organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción[i]: El Comité estima conveniente que el país analizado considere fortalecer los mecanismos existentes para permitir la consulta de sectores interesados en relación con el diseño de políticas públicas y la elaboración de proyectos de leyes, decretos o resoluciones en los diferentes organismos del Estado; al igual que fortalecer también el sistema de los Consejos de Desarrollo”

11.2 Recursos

11.2.1 Organizaciones que promueven la transparencia:

Las organizaciones que mas presencia tienen en este tema son: Acción Ciudadana, Capitulo Guatemalteco de Transparencia Internacional; la Coalición por la Transparencia, integrada por el Centro de Investigaciones Económicas Nacionales –CIEN-, la Cámara de Comercio de Guatemala y Acción Ciudadana, instituciones que en lo individual también desarrollan trabajo en este ámbito.

Asimismo, existe el Sistema de Monitoreo de la Obra Pública –SIMOP- de la Cámara Guatemalteca de la Construcción; la Fundación para el Monitoreo de la Obra Pública –FUNDEMOP-, la Coordinadora Si Vamos por la Paz –COVAPAZ-, el Observatorio Ciudadano Para el Libre Acceso a la Información Pública y la Asociación de Investigación y Estudios Sociales -ASIES-.

11.2.2 Monitoreo a los servicios públicos:

En Guatemala es aún muy incipiente el seguimiento, evaluación y propuesta que los grupos de la sociedad dan al tema de la calidad de los servicios públicos y lo relativo a la defensa de los derechos del consumidor. Esto es especialmente cierto en los casos donde el Estado debe ejercer un papel de supervisión en la prestación de servicios públicos que fueron privatizados en la década del 90.

11.2.3 La sociedad Civil y el Organismo Legislativo

Por mandato constitucional quienes tienen iniciativa de ley: a) Los diputados del Congreso de la República, b) el Organismo Ejecutivo, c) La Corte Suprema de Justicia, d) La Universidad de San Carlos de Guatemala, y, e) el Tribunal Supremo Electoral.

Existen varias organizaciones de la sociedad civil que a través de las instancias que poseen iniciativa de ley, particularmente con el apoyo de algunos diputados y la Universidad de San Carlos de Guatemala, han presentado varias propuestas en el tema de transparencia y anticorrupción (acceso a la información pública, reformas al código penal y procesal penal); presupuesto general de ingresos y egresos; tema fiscal; derechos de la niñez y la juventud; concesión de servicios públicos; etc.

[i] Artículo III, párrafo 11 de la Convención Interamericana Contra la Corrupción.